martes, 31 de julio de 2007

Corte de Apelaciones de Talca acogió recurso de nulidad por fallo de Tribunal oral de Cauquenes

La Corte de Apelaciones de Talca, anuló el juicio oral realizado el 27 de junio de este año, en el Tribunal Oral de Cauquenes, donde el Ministerio Público acusó a una mujer imputada, como autora del delito de robo con fuerza en las cosas, en el que actuó acompañada de varios menores de edad.


Pese a las pruebas aportadas por la fiscalía local, los jueces de Cauquenes consideraron que la mujer había cometido el delito de hurto y por lo tanto condenaron a la imputada bajo esa figura legal.

Con motivo de lo anterior, el fiscal a cargo del caso, Francisco Ávila presentó un recurso de nulidad, el que fue acogido por el máximo tribunal maulino, en consideración a que los jueces calificaron de hurto un delito de robo, ya que los imputados ingresaron al lugar afectado por un lugar no destinado para ello, utilizando la fuerza. El fiscal señaló, además, que no se consideró el hecho que la imputada se prevaliera de menores para cometer el ilícito y por tanto, desestimar la agravante de ser dos o más los malhechores involucrados en el acto delictual.

Diferencia entre robo y hurto

Se comete el delito de robo cuando un sujeto se apropia de una cosa mueble ajena, sin la voluntad del dueño, usando violencia o intimidación en las personas o fuerza sobre las cosas (como forzar una puerta o una ventana) y generalmente, con el ánimo de lucrar de lo robado.

El hurto, en tanto, se comete sin violencia o intimidación sobre las personas, ni fuerza sobre las cosas.



RG / CQTK

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